Sentencia Tribunal Supremo - Repsol: Nulidad del Usufructo y Devolución del Importe del Rescate
El TS acuerda la Nulidad del Usufructo y la Devolución del Importe del Rescate.
EJASO comunica que en un procedimiento judicial iniciado por una estación de servicio de Palma de Mallorca frente a REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS, S.A. -defendido por el Letrado Otto Cameselle- la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado la Sentencia de fecha 08.05.2013 recaída (Ponente. Excmo. Sr. Francisco Marín Castán) en virtud de la cual, la Sala 1ª del TS, confirma la declaración de nulidad de contratos suscritos por las partes por considerar que la cesión del usufructo de las gasolineras al proveedor por el propietario que ya las venía explotando tiene como única finalidad por parte del proveedor la de poder superar fraudulentamente el plazo de diez años establecido en el arto 12.1c) del Reglamento n° 1984/83.
Es de destacar que, por lo que se refiere a las consecuencias de tal nulidad el TS confirma que no sólo será la indemnización de daños y perjuicios que REPSOL deberá pagar al titular de la estación por el tiempo que el acuerdo excedió de diez años, sino que, además, REPSOL deberá devolver al explotador de la estación de servicio la suma que le pagó al objeto de rescatar el usufructo conforme a la Decisión de la Comisión de 12 de abril de 2006.
FUENTE ESTUDIO JURÍDICO EJASO