APPA Biocarburantes reclama cambios sustanciales en el proyecto de Real Decreto de combustibles renovables para ajustarlo a la normativa de la UE
APPA
Nota de imprensa
- La posibilidad de que los CRONB utilizados en la industria computen para los objetivos en el transporte infringe la Directiva de Renovables
- La opción de eludir completamente el objetivo de biocombustibles avanzados en 2030 incumple la recomendación de la Directiva
- El traspaso de certificados de combustibles renovables entre subsectores del transporte debería eliminarse o limitarse al 20%
- Los objetivos de biocombustibles avanzados, así como los previstos para el ferrocarril y la navegación de cabotaje, tendrían que incrementarse sustancialmente
APPA Biocarburantes considera que el proyecto de Real Decreto de combustibles renovables en el transporte presentado por el MITECO el pasado mes de julio, que prosigue actualmente su tramitación, requiere cambios sustanciales para transponer adecuadamente lo previsto en materia de transportes en la nueva Directiva de Energías Renovables de la UE (DER III), especialmente en lo referente a los biocombustibles avanzados y a los combustibles renovables de origen no biológico (CRONB), es decir, el hidrógeno verde y sus derivados, y aprovechar todo el potencial de los biocarburantes para contribuir a la descarbonización del transporte.
Aunque la asociación valora positivamente el establecimiento de objetivos específicos de venta o consumo de energías renovables para los diferentes subsectores del transporte (carretera, ferroviario, navegación de cabotaje y aéreo), así como de objetivos específicos para los biocombustibles avanzados, el bioetanol avanzado y los CRONB de uso final e intermedio, la propuesta del proyecto de permitir que los CRONB que se utilicen o destinen a sectores diferentes del transporte, como, por ejemplo, la industria, puedan computar para el cumplimiento de los objetivos en el transporte infringe claramente lo previsto en la DER III, que en ningún caso permite esta posibilidad, por lo que ésta debería eliminarse totalmente del proyecto.
APPA Biocarburantes tampoco comparte en absoluto la propuesta del proyecto de que los sujetos obligados puedan cumplir con CRONB la totalidad de la cuotacombinada de biocombustibles avanzados y CRONB en el transporte prevista para 2030 (8%), lo que les permitiría quedar completamente eximidos del cumplimiento del subobjetivo de biocombustibles avanzados previsto en el proyecto para ese mismo año (5,5%).
“Esta posibilidad también debería suprimirse del proyecto”, reclama Álvaro Mitjans, presidente de APPA Biocarburantes, “ya que incumple de manera directa la recomendación que el artículo 25.1 de la DER III hace expresamente a los Estados miembros de establecer objetivos nacionales diferenciados de biocombustibles avanzados y CRONB, con el fin precisamente de asegurar el desarrollo de ambos tipos de combustibles, lo que el proyecto debería garantizar blindando completamente el subobjetivo de biocombustibles avanzados”.
El sector considera que deberían introducirse en el proyecto las siguientes modificaciones adicionales:
- Eliminar la posibilidad de que combustibles y energías renovables utilizadas en un subsector concreto del transporte puedan computar libremente para el cumplimiento de los objetivos de otros subsectores del transporte, ya que esta posibilidad socavaría la finalidad de establecer objetivos específicos separados para los distintos subsectores.
- Suprimir también, por la misma razón, la posibilidad de que un mismo sujeto obligado pueda utilizar los excedentes de cumplimiento de un objetivo sectorial del transporte para cumplir sus objetivos en otros subsectores del transporte o, al menos, establecer que dichos excedentes no puedan representar más del 20% del cumplimiento de los objetivos sectoriales de destino.
- Incrementar sustancialmente la senda de objetivos que el proyecto propone para los biocombustibles avanzados (4% en 2027, el 4,5% en 2028, el 5% en 2029 y el 5,5% en 2030) teniendo en cuenta que, de acuerdo con la metodología de cálculo que prevé el proyecto, estos biocombustibles ya alcanzaron en 2023 una cuota del 4,3% del total de la energía suministrada al sector del transporte.
- Aumentar también las sendas de los objetivos previstos para los sectores del transporte ferroviario (3% en 2027, 3,5% en 2028, 4% en 2029 y 5,4 % en 2030) y de la navegación por cabotaje (1% en 2027, 1,5% en 2028, 2% en 2029 y 3% en 2030) a la vista del potencial de adición de biodiésel al gasóleo B que permite la nueva especificación técnica prevista en el proyecto.
- Establecer expresamente que la actual obligación de reducir en un 6% la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en el transporte se aplicará hasta el ejercicio 2026 inclusive, con el fin de armonizar su cesación con la del actual mecanismo de fomento de combustibles renovables en el transporte.
- Prever que el MITECO solicitará a la Comisión Europea elevar en España el límite del 1,7% que actualmente se aplica a la contribución, al cumplimiento de los objetivos en el transporte, de los biocombustibles producidos a partir de materias primas incluidas en la parte B del anexo IX de la DER III, a la vista de la mayor disponibilidad de estas materias primas que prevé el propio proyecto.
- Disponer que las estaciones de servicio ofrecerán gasóleo B10 y gasolina E10 en los términos y condiciones que establezca el MITECO mediante una Orden que deberá aprobarse en un plazo máximo de 12 meses a contar desde la aprobación de este Real Decreto.
- Establecer todos los objetivos de renovables en el transporte previstos en el proyecto en términos de contenido energético como opción más coherente con el principio de eficiencia que debe regir el ejercicio de la actividad reglamentaría de las Administraciones Públicas.
- Utilizar exactamente la fórmula de cálculo de la reducción de la intensidad de emisiones de GEI asociada al uso de energías renovables en el transporte prevista en el artículo 27.1 de la DER III, en aras de una transposición fiel y precisa de esta normativa comunitaria y del respeto a los principios de seguridad jurídica y eficiencia.
Sobre APPA Renovables.
La Asociación de Empresas de Energías Renovables, APPA Renovables, es la asociación de referencia de las energías renovables en España. Creada en 1987, la Asociación está integrada por cerca de 500 empresas y entidades que desarrollan su actividad en el sector de las energías limpias, constituidas en Secciones de las siguientes tecnologías: autoconsumo, biocarburantes, biogás, biomasa, eólica, hidráulica, marina y solar fotovoltaica.