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Impuestos Especiales: Libros contables de los establecimientos productores de hidrocarburos

CONTABILIDAD PARA LOS ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES DE HIDROCARBUROS, SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES

Los establecimientos productores de hidrocarburos están sujetos a la normativa de los impuestos especiales, por lo que deben llevar una contabilidad que refleje los procesos, movimientos y existencias de productos y de las materias primas utilizadas para su obtención, así como diferencias que se pongan de manifiesto a raíz de recuentos de existencias o de la mera entrada y salida de productos.

El artículo 115 del Reglamento de los Impuestos Especiales establece los libros contables que deben llevar las fábricas de hidrocarburos:

Libro de Materias Primas.
Cargo: Cantidad de las materias primas recibidas expresada en peso o volumen, con mención de su densidad, justificando los asientos mediante el documento de circulación correspondiente.

Data: Cantidad de materias primas destinadas a fabricación, minoraciones por devoluciones o reenvíos con justificación documental de los respectivos asientos.

Libro de Productos Finales.
Cargo: Cantidades en peso o volumen, con expresión de su densidad, que pase a depósitos o almacenes de salida.

Data: Cantidad de productos que salgan del establecimiento, clasificándolos de acuerdo con su tratamiento fiscal. Los asientos se justificarán mediante el documento de circulación correspondiente.

Libros Auxiliares.
Libros contables que reflejen el movimiento interno entre los diferentes depósitos de materias primas y de productos finales.

Libro de Productos Autoconsumidos.
Se reflejará diariamente las cantidades de productos destinados a autoconsumo en el propio establecimiento. Las cantidades se clasificarán separadamente según su tratamiento fiscal.

Partes de Fabricación.
En las refinerías de petróleo y en aquellos establecimientos industriales que, para destilación y tratamiento de productos, cuenten con unidades de proceso que se autoalimenten sucesivamente, contarán con un registro que refleje, con periodicidad no superior a un mes, el movimiento de los productos intermedios obtenidos en los procesos de fabricación.

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