La Comisión Europea avanza para facilitar las acciones de daños por infracciones del derecho de la competencia.
Potenciar el cumplimiento de las normas de competencia añadiendo al efecto disuasorio de las multas el de las condenas indemnizatorias. Ese era el fin perseguido por la Comisión Europea con la Directiva de Daños (2014/104/UE).
Y esa es la razón por la que la Comisión Europea ha dado un paso más en este sentido, encargando un estudio económico sobre un tema específico: el denominado pass on. ¿Y en qué consiste? básicamente, en argumentar que el eventual sobrecoste generado por la infracción ha sido trasladado por el reclamante a sus clientes, negando así la existencia de daño alguno.
Desde Bruselas, con dicho estudio titulado en inglés “Study on the passing-on of overcharges” y elaborado por la firma legal Cuatrecasas y por la consultora económica RBB, se pretende facilitar la tarea de los jueces nacionales ante el ejercicio de las acciones por daños, pues son conscientes de que la defensa del passing on es utilizada de forma recurrente por los infractores de las normas de defensa de la competencia para eludir las condenas indemnizatorias.
A partir del referido estudio, la Comisión Europea elaborará una guía práctica para los jueces nacionales, estando prevista su publicación en 2017, tras un proceso de consulta previa en el que Estudio Jurídico EJASO estará presente.
En vista de la notoriedad que se están cobrando las novedades antedichas y aun cuando las mismas son siempre beneficiosas para los intereses de las Estaciones de Servicio que han venido padeciendo históricamente la imposición de precios por parte de las petroleras, es importante precisar que, sin embargo, en lo que se refiere a las reclamaciones de daños cuyo coste sufragará el fondo financiador de litigios THERIUM y cuya dirección letrada asumirá Estudio Jurídico EJASO, no parece que la defensa del passing on vaya a cobrarse trascendencia alguna, dadas su fundamentación y la metodología del cálculo indemnizatorio que las sostiene, que cristalizará en unos oportunos informes periciales -cuyo coste correrá asimismo a cargo del fondo- que precisarán con todo rigor la cantidad del daño padecido por la Estación de Servicio en cada caso, como consecuencia de la infracción en que incurrieron las petroleras en cuestión.
En este sentido, queremos hacer partícipes a los lectores de MUNDOPETROLEO del éxito creciente que la interposición de dichas reclamaciones está teniendo entre las Estaciones de Servicio, informándoles de que en las próximos semanas distintos miembros de Estudio Jurídico EJASO nos desplazaremos por las principales ciudades españolas tanto a fin de informar en primera persona a los titulares de Estaciones de Servicio, vinculados desde 2007 con REPSOL, CEPSA y BP bajo del régimen de comisión o del de reventa con descuento fijo, acerca de los beneficios que pueden depararles esta clase de acciones sin asumir ningún tipo de coste por su parte, como para tratar de solventar cualquier duda que puedan albergar al respecto de las mismas.
Como venimos reiterando, la oportunidad es única para todas aquellas Estaciones de Servicio que vinieron padeciendo la imposición de precios aplicada por dichas petroleras, pues a la simplificación de las reclamaciones en sí mismas, que deriva del contenido la Directiva 2014/104/UE, se une su financiación íntegra por parte del fondo THERIUM, lo que elimina cualquier riesgo para todos aquellos que decidan solicitar la reparación del daño ocasionado.
Gonzalo Grandes
Director del departamento de Derecho de la Competencia
Estudio Jurídico EJASO