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El BOE publica la derogación de los decretos que contienen la subida de pensiones y el gravamen energético.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la derogación de los dos Reales Decretos-ley que fueron tumbados ayer en el Congreso: el del gravamen energético y el llamado decreto 'ómnibus', en el que se contemplan medidas como la subida de las pensiones para este año, las ayudas al transporte, la prórroga del escudo 'antiopas', así como la prohibición del corte de suministros básicos y de desahucios a personas vulnerables y otras ayudas para las personas afectadas por la DANA.

El Gobierno aprobó el pasado diciembre un incremento de las pensiones con carácter general del 2,8% para 2025, conforme al IPC, y la subida de las más bajas de entre un 6% y un 9%, por encima de la subida de los precios.

Esto suponía que las pensiones mínimas aumentaran cerca de un 6%, y las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se revalorizaran un 9%. No obstante, la revalorización de las pensiones con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares se fijaba en el 9,1%.

Pese a la derogación del decreto 'ómnibus' con los votos de PP, Vox y Junts, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado que la subida del 2,8% de las pensiones sí se incluirá en la nómina de enero al haber estado la norma vigente hasta ayer, pero en febrero bajarán las cuantías.

El real decreto que ha decaído también incluía la revalorización del 6% de las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) y del 8,1% del complemento para la reducción de la brecha de género.

De igual manera, con la caída del decreto 'ómnibus', el salario mínimo interprofesional (SMI) volverá a la cifra de 2023, que era de 1.080 euros al mes en 14 pagas, debido a que el real decreto también incluía la prórroga del alza del SMI de 2024. Esta situación se mantendrá previsiblemente hasta que se acuerde una nueva alza para el salario mínimo de 2025, algo que actualmente están negociando los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo.

El decreto también incorporaba una subida de las cotizaciones sociales que ahora queda paralizada. En concreto, subía la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en una décima, del 0,7 al 0,8%. Un incremento que no implica una mejora de la pensión futura de los cotizantes, ya que estos recursos se dotarán al Fondo de Reserva para pagar las pensiones de las tres próximas décadas.

También queda suspendida la aplicación de la cuota de solidaridad para los salarios que superen la base máxima de 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4% respecto a 2024, el aumento de las bases máximas de cotización y la subida de la pensión máxima hasta los 3.267,60 euros al mes.

De igual modo, decaen las ayudas al transporte, que habían sido prorrogadas al menos para los seis primeros meses de este año, aunque varias comunidades autónomas y ayuntamientos han anunciado que las mantendrán a la espera de los siguientes pasos del Gobierno.

MEDIDAS FISCALES QUE DECAEN

Asimismo, la prórroga del escudo social vigente para los consumidores vulnerables en materia de energía, las deducciones en el IRPF en materias relacionadas con la eficiencia energética y el vehículo eléctrico o el mantenimiento en 2025 de los límites para aplicar la tributación por módulos de autónomos son también algunas de las medidas que decaen tras el rechazo del Congreso al decreto 'ómnibus'.

Entre las medidas fiscales que decaen destaca la prórroga de las deducciones en el IRPF en materias relacionadas con la eficiencia energética y el vehículo eléctrico o el retraso de la entrada en vigor del nuevo impuesto a los cigarrillos eléctricos.

La reforma fiscal aprobada por las Cortes Generales y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) incluye un nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, con efectos desde 1 de enero de 2025.

Sin embargo, el Gobierno había decidido retrasar la entrada en vigor de este nuevo impuesto a los cigarrillos electrónicos hasta el 1 de abril de 2025 "para dar un mayor margen a la adaptación de esta figura tributaria", aunque ahora queda sin efecto.

Además, dejará de ser efectiva la prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, así como la extensión hasta el 31 de diciembre de 2025 de la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.

En el Impuesto sobre Sociedades, decae la prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

Por otra parte, también se tumba la modificación incluida en el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras para efectuar un ajuste de carácter técnico y contable con el objetivo de facilitar la transición a las entidades financieras que se vean afectadas por el gravamen temporal que ha operado en 2023 y 2024 y el nuevo impuesto que comenzará a operar a partir de 2025.

También queda sin efecto la tabla de coeficientes máximos para la aplicación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como 'impuesto de plusvalía' o la prórroga de las entregas a cuenta a partir de su actualización en 2024.

Queda sin efecto, además, el régimen excepcional de endeudamiento de las comunidades autónomas durante 2025, donde se permitía a la Comunidad Valenciana formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación para financiar los gastos extraordinarios derivados de la DANA.

Aunque los Presupuestos Generales del Estado se prorrogan de forma automática, el Gobierno había incluido en este decreto criterios para esta extensión, en partidas como las pensiones, las mencionadas entregas a cuenta o las bases máximas de cotización, quedando todo esto sin efecto.

También decae el incremento de 1.500 a 2.500 euros de la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta.

Por otra parte, queda también sin efecto la prórroga, durante 2025, de los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para autónomos, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

Asimismo, también decae la extensión para el período impositivo 2025 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.

DECAEN LAS MEDIDAS ENERGÉTICAS PARA CONSUMIDORES VULNERABLES

También dejará de ser efectiva el acuerdo de prolongar medidas del escudo social vigente para los consumidores vulnerables en materia de energía, como la prórroga de la prohibición de interrumpir los suministros básicos de agua luz y gas para consumidores vulnerables hasta el 31 de diciembre de 2025, así como la prórroga de la situación de excepcionalidad del bono social de la luz destinado a los consumidores vulnerables y vulnerables severos, que se reforzó para dar respuesta a la crisis energética provocada por la invasión de Ucrania.

Asimismo, el blindaje a empresas estratégicas, conocido como 'escudo antiopas', queda sin efecto. Se trata de una medida que deja en manos del Ejecutivo la autorización de las inversiones extranjeras en empresas estratégicas cotizadas en las que se pretenda superar el 10% del capital, así como en aquellas no cotizadas en las que la inversión supere los 500 millones de euros.

El BOE publica además este jueves la convalidación del único decreto que salvó ayer el Gobierno en el Congreso: el que permitirá compaginar pensión y empleo.

EUROPA PRESS

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