De las bajas fraudulentas en el REDEF de los operadores al por mayor.
Se está convirtiendo en algo habitual en el sector las bajas fraudulentas en el Registro de Extractores de Depósitos Fiscales (REDEF) de operadores petrolíferos mediante la cumplimentación de modelos 036 por “profesionales” dados de alta en el censo de colaboradores sociales de la Agencia Tributaria.
La primera pregunta es simple, con la complejidad y plazos que supone para un operador cursar alta en el REDEF, ¿Cómo es posible que se permita que cualquier colaborador social curse la baja en el Registro de Extractores de cualquier operador del listado de la CNMC mediante la cumplimentación de un modelo 036 que se tarda exactamente 7 segundos en rellenar sin que la veracidad y realidad de esa solicitud de baja sea supervisada?
La segunda pregunta, ¿Cómo es posible que comprobada que dicha baja ha sido cursada de modo fraudulento, algunos operadores estén tardando más de un mes en recuperar el alta en el Registro de Extractores con los perjuicios económicos que ello supone (depreciación de producto, costes de transporte no suministrado, mantenimiento de existencias, salarios, oficina, etc.) La realidad es que la baja en el REDEF supone actualmente casi una inhabilitación para el operador petrolífero en términos operativos.
Los operadores además no son los únicos perjudicados, sino que lo son además los distribuidores al por menor que habiendo prepagado el producto no ha podido ser suministrado al no poder realizar el operador la extracción de depósito fiscal. Es decir, centenas de distribuidores al por menor se encuentran actualmente con producto prepagado y no suministrado, con las consecuencias financieras, estructurales, operativas y logísticas que ello supone. Además, los distribuidores al por menor y agentes comerciales se encuentran con un nuevo (otro si cabe) dolor de cabeza: ¿A que empresa puedo adquirir producto con seguridad de que nada vaya a pasar?
Las bajas fraudulentas efectuadas por decisión unilateral de colaboradores (totalmente ajenos y sin relación profesional alguna con la empresa a la que dicen representar) quebrantan gravemente la finalidad de la colaboración social con la Agencia Tributaria. Estas actuaciones están provocando perjuicios económicos y operativos gravísimos en el sector que entendemos precisan de una respuesta inmediata de la AEAT en un triple sentido:
1º Que constatado por la Agencia Tributaria que la baja en el REDEF ha sido fraudulenta se proceda de inmediato a la inscripción de la empresa afectada en el Registro de Extractores, sin perjuicio de las actuaciones inspectoras que se entiendan convenientes llevar a cabo de manera simultánea.
2º Que constada la solicitud fraudulenta de baja, se proceda inmediatamente a la baja en el censo de colaboradores sociales de aquellos profesionales que están actuando de la forma señalada, sin perjuicio de que se lleven a cabo otra serie de actuaciones.
3º Que siendo previsible que esta situación siga ocurriendo, se modifique o refuerce el procedimiento de solicitud de baja en el REDEF. Caso de que ello sea imposible, entendemos fundamental sean comprobadas la realidad y veracidad de dichas solicitudes de baja con carácter previo a acordar las mismas.
A fecha de hoy, estimamos en más de una decena los operadores al por mayor afectados directamente por estas prácticas fraudulentas y en centenas los distribuidores al por menor afectados indirectamente.
Dada la evidencia del quebrantamiento de la representación, la gravedad de los actos de estos colaboradores fraudulentos y su enorme repercusión en un sector de tanta relevancia como el de los hidrocarburos, es urgente el amparo de la Agencia Tributaria mediante medidas eficaces que garanticen la continuidad y la seguridad operativa de las empresas del sector.
Departamento especializado en el sector de los hidrocarburos en JLCasajuana Abogados