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Modificación del Modelo 581, eliminación de los modelos 582 y 564 y actualización listados de claves de CAEs y Epígrafes.

La Orden HAC/135/2019 publicada en el BOE del sábado 16 de febrero de 2019 introduce las siguientes novedades:

MODIFICACIONES EN MODELOS TRIBUTARIOS

1.- Adapta el modelo de autoliquidación del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IEH), Modelo 581, a las novedades aprobadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 y que han entrado en vigor el 1 de enero de 2019:

a) Los tipos impositivos del IEH (art. 50 Ley de los IIEE):
a. La suma del tipo general y el tipo especial establecido para cada epígrafe.
b. En caso que no se determine un tipo general y un tipo especial, el tipo será el establecido en cada epígrafe.

b) Eliminación de los tipos impositivos autonómicos del IEH.

2.- Suprime el Modelo 582, como consecuencia de la desaparición de la figura del “reexpedidor” como consecuencia de la eliminación de los tipos impositivos autonómicos

* No obstante, en la web de la AEAT se mantendrán los modelos 581 y 582 vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018, para poder presentar declaraciones extemporáneas, complementarias o rectificativas.

3.- Se elimina de la web de la AEAT el Modelo 564, antiguo modelo de autoliquidación del IEH, porque ya han transcurrido los periodos de autoliquidación del IEH a través de ese modelo.

MODIFICACIÓN DE LOS ANEXOS DE CLAVES DE CAE Y EPÍGRAFES DE TIPOS IMPOSITIVOS

4.- Se suprime la clave de actividad “HY” del listado de CAE, que estaba prevista para la inscripción de los consumidores de gasóleo del epígrafe 1.16 por derogación de los epígrafes 1.16 y 1.17 del IEH.

Los epígrafes 1.16 y 1.17 establecían un tipo reducido para los gasóleos y fuelóleos destinados a la producción de energía eléctrica o energía eléctrica y calor en centrales eléctricas y combinadas. Actualmente están EXENTAS las operaciones de fabricación e importación de hidrocarburos que se destinen a estos usos.

5.- Se suprimen los epígrafes 1.16 y 1.17 de la relación y códigos de epígrafes del IEH.

RECORDATORIO DE LOS TIPOS IMPOSITIVOS DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2019

Y como recordatorio de los tipos impositivos de la Tarifa 1ª del IEH vigentes a partir del 1 de enero de 2019:

Epígrafe 1.1 Gasolinas con plomo: 433,79 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 505,79 € / 1000 litros

Epígrafe 1.2.1 Gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 503,92 € / 1000 litros

Epígrafe 1.2.2 Las demás gasolinas sin plomo: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 472,69 € / 1000 litros

Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1000 litros de tipo especial.

TOTAL: 379,00 € / 1000 litros

Epígrafe 1.4 Gasóleos utilizables como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 96,71 € / 1000 litros

Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14 euros por tonelada de tipo general y 3 euros por tonelada de tipo especial.

TOTAL: 17 € / 1 tonelada

Epígrafe 1.6 GLP para uso general: 57,47 euros por tonelada.

Epígrafe 1.8 GLP destinados a usos distintos a los de carburante: 15 euros por tonelada.

Epígrafe 1.9 Gas natural para uso general: 1,15 euros por gigajulio

Epígrafe 1.10.1 Gas natural destinado a usos distintos a los de carburante, así como el gas natural destinado al uso como carburante en motores estacionarios: 0,65 euros por gigajulio.

Epígrafe 1.10.2 Gas natural destinado a usos con fines profesionales siempre y cuando no se utilicen en procesos de cogeneración y generación directa o indirecta de energía eléctrica: 0,15 euros por gigajulio.

Epígrafe 1.11 Queroseno para uso general: 306 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 378 € / 1000 litros

Epígrafe 1.12 Queroseno destinado a usos distintos de los de carburante: 78,71 euros por 1.000 litros.

Epígrafe 1.13 Bioetanol y biometanol para uso como carburante:

a) Bioetanol y biometanol mezclado con gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 503,92 € / 1000 litros

b) Bioetanol y biometanol, mezclado con las demás gasolinas sin plomo o sin mezclar: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 472,69 € / 1000 litros

Epígrafe 1.14 Biodiésel para uso como carburante: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 379 € / 1000 litros

Epígrafe 1.15 Biodiésel para uso como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible, y biometanol para uso como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.

TOTAL: 96,71 € / 1000 litros

Natalia Hidalgo Sebastián
Abogada especializada en Impuestos Especiales y Derecho Aduanero
nhidalgo@icab.cat

Participación completa: