Official Partners distribuidor oficial de Platts

Official Partners distribuidor oficial de Argus

Convenio gasolineras 2026: el convenio estatal de estaciones de servicio 2025-2027, ya publicado en el BOE

El convenio estatal de estaciones de servicio 2025-2027 se publicó en el BOE el 9 de octubre de 2026 y entra en vigor el 10 de octubre. Sube el salario base un 3,4 % en 2025, un 2 % en 2026 y un 1 % en 2027. Los atrasos desde enero de 2025 se cobran en la nómina de noviembre.

Resumen del convenio de estaciones de servicio 2025-2027

Punto clave

Qué dice el BOE

Convenio

Convenio colectivo estatal de estaciones de servicio (código 99001995011981)

Firmantes

CEEES y Aevecar (empresas); CCOO Industria y UGT-FICA (personas trabajadoras)

Firma

23 de junio de 2026

Publicación en el BOE

9 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-21085)

Entrada en vigor

10 de octubre de 2026, día siguiente a la publicación

Vigencia

Del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027

Subidas iniciales

3,4 % en 2025 · 2 % en 2026 · 1 % en 2027

Revisión por IPC

2026 y 2027, solo si el IPC real supera la subida pactada (ver abajo)

Atrasos

Desde el 1 de enero de 2025, en la nómina del mes siguiente a la publicación

Expendedor/a-vendedor/a

1.177,66 €/mes en 2025 · 1.201,21 €/mes en 2026

Plus festivo

37 € por jornada desde el 1 de enero de 2026

Jornada anual

1.752 horas desde el 1 de enero de 2026

¿Cuándo se publicó el convenio de gasolineras en el BOE y desde cuándo se aplica?

El convenio se publicó en el BOE el viernes 9 de octubre de 2026 y entra en vigor el 10 de octubre, el día siguiente a su publicación. Su vigencia va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027. Los efectos económicos tienen sus propias fechas, que fija el capítulo de retribuciones: la subida de 2025 se aplica desde el 1 de enero de 2025 y la de 2026 desde el 1 de enero de 2026.

El convenio lo firmaron el 23 de junio de 2026 las patronales CEEES y Aevecar y los sindicatos CCOO Industria y UGT-FICA. El texto se subsanó el 17 de septiembre y la Dirección General de Trabajo ordenó su registro y publicación el 28 de septiembre. Queda denunciado automáticamente el 31 de diciembre de 2027.

¿Cuánto suben los salarios del convenio de estaciones de servicio?

El salario base sube un 3,4 % en 2025 sobre las tablas de 2024, un 2 % en 2026 sobre las de 2025 y un 1 % en 2027 sobre las de 2026. Son las subidas que suman el 6,4 % anunciado en la firma. Las de 2025 y 2026 se aplican con carácter retroactivo desde el 1 de enero de cada año.

Año

Subida inicial

Sobre las tablas de

Desde

Tablas en euros

2025

3,4 %

2024

1 de enero de 2025 (retroactivo)

Artículo 34

2026

2 %

2025

1 de enero de 2026 (retroactivo)

Anexo 1

2027

1 %

2026

1 de enero de 2027

Las fijará la Comisión Paritaria

Cláusula de revisión por IPC (2026 y 2027). Solo se activa si el IPC real del año supera la subida inicial pactada, y nunca se revisa a la baja. Tiene dos topes distintos:

  • Para actualizar las tablas, el salario base se revisa hasta el IPC real, con un máximo del 6 % anual.

  • Para los atrasos de esa revisión, el tope es del 4,5 % cada año, menos la subida inicial ya aplicada. En 2026 eso deja como máximo 2,5 puntos de atrasos por la revisión, y en 2027, 3,5 puntos (cálculo de mundopetróleo sobre el artículo 43).

Las partes se comprometen a publicar las tablas actualizadas y el importe de los atrasos, si los hay, cuando se conozca el IPC a 31 de diciembre de cada año.

Tablas salariales del convenio de estaciones de servicio 2025 y 2026

Salario base mensual en euros, según el artículo 34 (2025) y el anexo 1 (2026) del convenio:

Grupo

Puesto

2025

2026

Técnico

Titulado/a

1.842,91

1.879,77

Técnico

Técnico/a

1.715,83

1.750,15

Administrativo

Jefe/a administrativo/a

1.392,31

1.420,16

Administrativo

Oficial administrativo/a 1.ª

1.319,15

1.345,53

Administrativo

Oficial administrativo/a 2.ª

1.244,43

1.269,32

Administrativo

Auxiliar administrativo/a

1.205,36

1.229,47

Administrativo

Aspirante a administrativo/a

1.147,74

1.170,69

Encargado general

Encargado/a general

1.522,37

1.552,82

Vendedor

Encargado/a de turno

1.244,43

1.269,32

Vendedor

Expendedor/a-vendedor/a, engrasador/a, mecánico/a especialista, personal de lavado, conductor/a, montaje de neumáticos

1.177,66

1.201,21

Subalternos

Ordenanza

1.150,60

1.173,61

Subalternos

Guarda

1.171,29

1.194,72

Subalternos

Personal de limpieza

1.150,60

1.173,61

—

Euros/hora

10,07

10,27

—

Trabajo nocturno, por hora (expendedor/a)

1,53

1,56

—

Turno de noche de Nochebuena y Nochevieja

82,60

84,25

Se cobran 12 mensualidades y tres pagas extraordinarias (marzo, verano y Navidad) de un mes de salario base más la antigüedad. Las pagas pueden prorratearse si lo acuerdan las partes. Las tablas de 2027 las publicará la Comisión Paritaria con la subida del 1 %.

¿Cuándo se cobran los atrasos del convenio de gasolineras?

Según la disposición transitoria tercera, los atrasos, con efectos desde el 1 de enero de 2025, se abonan en la nómina del mes siguiente a la fecha de publicación en el BOE. Como el convenio se publicó el 9 de octubre de 2026, corresponde a la nómina de noviembre de 2026.

El pago puede aplazarse, pero solo por acuerdo con la representación legal de las personas trabajadoras o, si no la hay, con cada trabajador, y como máximo tres meses desde la publicación en el BOE. Los firmantes recomendaban adelantar el pago a la publicación cuando fuera posible.

Los atrasos incluyen las diferencias de salario base de 2025 y 2026 y de los conceptos que dependen de él, como las pagas extraordinarias y el plus de nocturnidad, además de los complementos que cambian de importe (plus festivo y quebranto de moneda en 2026). Los posibles atrasos por la revisión del IPC de 2026 son aparte y se conocerán cuando se publique el IPC de diciembre.

Plus festivo, nocturnidad y otros complementos del convenio

Complemento

Importe

Artículo

Plus festivo

37 € por jornada trabajada en festivo desde el 1 de enero de 2026, o la parte proporcional a las horas. Son festivos los 14 días del calendario laboral

37

Noche de Nochebuena y Nochevieja

82,60 € por día en 2025 y 84,25 € en 2026; se revisa como el salario base

37 y anexo 1

Nocturnidad

30 % del salario base día por noche trabajada (1,56 €/hora para el expendedor en 2026). Con dos turnos, cuentan las horas entre las 22.00 y las 6.00

36

Plus de distancia

0,12 €/km en 2025 y 2026 y 0,13 €/km desde el 1 de enero de 2027, un viaje de ida y vuelta por día (cuatro con jornada partida), si el centro está a más de 2 km del límite de la población de residencia

38

Quebranto de moneda

620 € anuales en 2025 y 667 € en 2026 y 2027, para el expendedor que maneja efectivo, sin reducción en jornadas parciales

40

Limpieza de aseos y jardinería

Solo si el trabajador la acepta voluntariamente, con un complemento mínimo de 30 € al mes que no cambia durante el convenio

17

Antigüedad

Un cuatrienio de 18,03 € y cinco quinquenios de 42,07 € al mes cada uno

35

Desplazamiento de vehículos

5 % del salario día por día efectivo, si la empresa lo ordena

44

Jornada, vacaciones y permisos del convenio de estaciones de servicio

  • Jornada: máximo de 1.752 horas de trabajo efectivo al año desde el 1 de enero de 2026. Entre 7 y 9 horas diarias a tiempo completo y un máximo de 250 jornadas al año. El exceso sobre 1.752 horas se compensa con descanso en los cuatro meses siguientes.

  • Domingos: el calendario debe evitar que una persona trabaje más de dos domingos consecutivos.

  • Vacaciones: 30 días naturales, por turnos rotativos y preferentemente entre junio y septiembre.

  • Permisos: 5 días laborables por hospitalización, enfermedad grave o fallecimiento de familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o el segundo de afinidad, con un día más si hay que desplazarse al menos 350 km y otro si son más de 450 km. Quince días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho.

  • Clasificación profesional: las antiguas categorías se agrupan en grupos profesionales. Si a alguien le correspondiera un nivel salarial inferior al que tenía, lo conserva como condición más beneficiosa.

¿Qué cambia para un expendedor de gasolinera en 2026?

El salario base del expendedor/a-vendedor/a es de 1.201,21 € al mes en 2026, frente a 1.177,66 € en 2025. Con las tres pagas extraordinarias, el salario base anual es de 18.018,15 € en 2026 (cálculo de mundopetróleo: 15 pagas de salario base, sin antigüedad ni complementos).

A eso se suman, según el caso, la antigüedad, el plus festivo de 37 € por jornada, la nocturnidad (1,56 € por hora nocturna), el quebranto de moneda de 667 € al año si maneja efectivo y el plus de distancia. La limpieza de aseos y jardinería no forma parte de sus funciones salvo que la acepte voluntariamente, con un complemento mínimo de 30 € al mes.

¿Qué debe hacer ahora su estación de servicio?

Con el convenio en vigor, las tablas ya son oficiales y los atrasos tienen fecha. Estos son los pasos:

  1. Cargar en el programa de nóminas las tablas de 2026 (anexo 1) y los nuevos importes de los complementos.

  2. Calcular los atrasos de cada trabajador desde el 1 de enero de 2025: salario base, pagas extraordinarias, nocturnidad, plus festivo y quebranto de moneda.

  3. Abonarlos en la nómina de noviembre de 2026 o, si se aplaza el pago, dejar el acuerdo por escrito con la representación legal o con cada trabajador, sin superar los tres meses desde la publicación.

  4. Desglosar los atrasos en el recibo por año y por concepto, para evitar reclamaciones.

  5. Encuadrar a la plantilla en los nuevos grupos profesionales, respetando el nivel salarial de quien saldría perdiendo.

  6. Revisar los cuadrantes: 1.752 horas al año, entre 7 y 9 horas al día, un máximo de 250 jornadas y no más de dos domingos seguidos.

  7. Confirmar por escrito qué trabajadores aceptan la limpieza de aseos y jardinería y abonarles el complemento.

  8. Provisionar la posible revisión por IPC de 2026, que se conocerá con el dato de diciembre, y presupuestar 2027 con la subida del 1 %.

¿Qué revisar si compra, vende o traspasa una gasolinera durante 2025-2027?

En una compraventa, un arrendamiento de industria o un cambio de operador con subrogación de plantilla, el convenio entra en la due diligence laboral. Con las tablas ya publicadas, los atrasos desde enero de 2025 pueden calcularse trabajador por trabajador. El contrato debe dejar claro quién los asume si la operación se cierra antes de que se abonen, y cómo se reparte una posible revisión por IPC de 2026 o 2027. Conviene revisar también antigüedades, encuadramiento en los nuevos grupos, jornada y complementos. Si está valorando una operación, puede consultar elmarketplace de compraventa de estaciones de servicio de mundopetróleo.

Preguntas frecuentes sobre el convenio de estaciones de servicio

¿El convenio de gasolineras 2026 ya está publicado en el BOE?

Sí. Se publicó el 9 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-21085) y entra en vigor el 10 de octubre. Su vigencia va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027.

¿Dónde puedo descargar el convenio de estaciones de servicio en PDF?

En el BOE: BOE-A-2026-21085 en PDF. También puede consultarlo en la sección «Documentos y enlaces» de esta página.

¿Cuánto cobra un expendedor de gasolinera en 2026?

El salario base es de 1.201,21 € al mes en 2026, en 12 mensualidades más tres pagas extraordinarias. A eso se suman la antigüedad y los complementos que le correspondan.

¿Cuándo se pagan los atrasos del convenio de gasolineras?

En la nómina del mes siguiente a la publicación en el BOE, es decir, la de noviembre de 2026. Solo pueden aplazarse por acuerdo con los trabajadores o su representación, y como máximo tres meses desde la publicación.

¿Cuánto es el plus festivo del convenio de gasolineras?

37 € por jornada trabajada en festivo desde el 1 de enero de 2026, o la parte proporcional a las horas. El turno de noche de Nochebuena y Nochevieja se paga a 84,25 € en 2026.

¿Habrá más subida por el IPC?

Solo si el IPC real de 2026 o 2027 supera la subida pactada (2 % y 1 %). En ese caso las tablas se revisan hasta el IPC, con un máximo del 6 %, y los atrasos de la revisión tienen un tope del 4,5 % menos la subida inicial.

¿Cuándo se conocerán las tablas de 2027?

Las fijará y publicará la Comisión Paritaria del convenio, con la subida inicial del 1 % desde el 1 de enero de 2027.

Última actualización: 10 de octubre de 2026 | mundopetróleo.com

Fuentes: Resolución de 28 de septiembre de 2026, BOE-A-2026-21085 ·Ya en el BOE el convenio colectivo estatal de estaciones de servicio (mundopetróleo).

Recuerde que siempre puede solicitar a nuestros expertos una consultoría e informe personalizado. Para calcular los atrasos y aplicar el convenio en su estación de servicio: → Asesoría legal para estaciones de servicio.

 

18 comentarios

  • Anónimo el 13 de Octubre de 2026

    Cuantas horas echáis?
    Yo 56 horas,trabajo 7 días y descanso 2
    No pagan plus ni festivos ni nada
    Y solo para limpiar,jardines,lavaderos y vendiendo muchos litros

  • victoriano el 10 de Octubre de 2026

    Ya se publico en el BOE del 9 de octubre el nuevo convenio... a ver cuando empiezan a pagar.

  • jose 09 Octubre el 09 de Octubre de 2026

    me jubilo el 05 de Octubre , tengo derecho a alguna compensacion economica , con antiguedad de 30 años

  • Anonimo4 el 07 de Octubre de 2026

    Cuando publican en el BOE la subida y nos pagarán los atrásos?

  • JOSEP el 30 de Septiembre de 2026

    Mi hijo cobra 1200 netos después de trabajar 7 días seguidos y descansar 3 o 4, pagas incluidas... está muy mal pagado con todo lo que tienen que hacer. los sindicatos parece que esperan que los trabajadores den la cara contra sus jefes para luego recibir replesalias, Los sindicatos cobran, tienen el tiempo y la información para hacer inspecciones y revizar que todas las gasolineras cumplan, deben quitarle la presión a los trabajadores, muchos dependen de ese sueldo y tienen miedo a perderlo, lo aguantan todo.

  • victor el 25 de Septiembre de 2026

    Hola.. Ya se que muchos diran que nos quejamos por quejarnos, que mas duro es cavar una zanja... Pero este negocio de atender al publico tambien tiene miga, que cualquiera con un coche mediano te llena casi 100 euros y si te despistas y no le cobras y por cosas que pasan no tienes su matricula pues le toca pagarlo a uno, que hay muchas tareas que tienes que hacer a la vez, pasteleria, reponer, meter albaranes, atender proveedores.. Solo quedamos los veteranos, que el sueldo algo sube con los pluses de antiguedad pero los nuevos al poco dicen que no dan tanto sueldo para tanto que piden y se largan a la primera aunque lleven ya mas de 3 años .... Desahogarnos escribiendo es lo que nos va a quedar solo creo yo....

  • Canario el 23 de Septiembre de 2026

    Hola, leyendo comentarios veo que estamos todos iguales, porque los que trabajamos en estaciones de servicios sabemos que tenemos que saber de todo y muchas veces no damos a vio a tanto. Creo que está muy mal pagado este sector y sabemos que las estaciones de servicio generan muchos ingresos. Ya va para 3 meses que se firmo el convenio, para cuando en el BOE? Saludos.

  • roberto carlos el 19 de Septiembre de 2026

    Este trabajo de expendedor vendedor ha cambiado mucho en estos años pero no repercute en la subida del salario, ahora vendemos bombonas, hacemos pan incluso pasteles y pizzas, limpiamos los servicios, estamos solo un cajero casi la mitad del tiempo y sigue y sigue y los sueldos no se corresponden con tanto trabajo.

  • Anonimo el 15 de Septiembre de 2026

    El plus de limpieza no se paga y varios complementos más los sueldos son muy pequeños para la respons4 que tenemos solo quiero que salga reflejado en elBoE de una vez por todas un saludos amis compañeros

  • Pedro el 11 de Septiembre de 2026

    Espero que cuando paguen los atrasos lo especifiquen bien cada cosa, y no que te pagan lo que los parece,se quedan tan agusto

  • José Miguel el 01 de Septiembre de 2026

    El salario mínimo interprofesional en 2026 es de 1221 €.
    Nuestro salario (expendedor-vendedor) desde el 1 de enero de 2024 hasta hoy es de: 1138,96 € (ojo al dato esto es lo que llevamos cobrando durante 2 años y 8 meses).
    Cuando nos lo actualicenacen, si es que llegan a hacerlo algún día, cobraremos 1201,21 € que son 20 € menos que el SMI, esto solo tiene una definición: VERGONZOSO.

  • amoniaco el 29 de Agosto de 2026

    Hola... Sabemos como se calcula el complemento festivo.. A mi me pagan cuando hago un festivo un plus de 35 euros y unos 114 euros de complemento pero no se como se calcula exactamente esos 114 euros porque otros compañeros con mas antiguedad cobran mas. Gracias.

  • Jesus el 23 de Agosto de 2026

    De acuerdo con todo lo que dicen los compañeros y de acuerdo histórico es una mierda no sube ni la inflación que es mucho mayor y encima luego te quitan más del irpf

  • Fernando el 14 de Agosto de 2026

    En las estaciones que trabajo , vendemos muchísimos productos de tienda y cafetería y resulta que no están obligados a pagar por la venta de tienda ,por lo que se ahorran el cajero. A ver si dejan bien claras las tareas que entran en la categoria Exp Vend, porque ya somos camareros,panaderos/pasteleros ,comerciales , reponedor.
    Y te suben los festivos 2€.

  • Paco el 11 de Agosto de 2026

    Madre mia, a que están esperando para incluirlo ya en el BOE? Ya esperarán a que pase agosto para hacer buen colchón de money... a principios de octubre o noviembre veremos algo o quizás ya si eso para otro año.
    Y como dicen en anteriores comentarios, yo voy a querer que me especifiquen cada euro. Se que se lo harán gestorias y será la escusa si falta algo, pero siempre a favor de la empresa.

  • Anónimo el 04 de Agosto de 2026

    Totalmente de acuerdo con el comentario de Paco, hacemos de todo, tanto limpiar como reponer, almacén, control caducidades, mantenimiento, etc...
    yo estoy solo en una gasolinera y hago todo yo solo, la gente no entiende que cuando estas ocupado no puedes dividirte, se quedan de brazos cruzados esperándote a que les dispenses gasolina solo porque es servicio atendido.... un poco de sentido común digo yo pero allá ellos xddd
    A parte, a mi me ocultaron el plus de limpieza hasta que no me lo dijo una compañera... los jefes se lo callan todo y te culpan a ti de no habérselo dicho... yo sinceramente con lidiar con la gente ya es motivo suficiente para un plus, no es normal lo que la gente descarga sobre ti solo porque tiene un mal dia o no esta de acuerdo con los precios o alguna tonteria.

  • José Miguel el 27 de Julio de 2026

    Cuando nos paguen los atrasos del nuevo convenio, que por favor se especifique y se desglose en la nómina, lo que corresponde a las subidas de salario, año 2025, año 2026 y lo que corresponde de los distintos complementos (noches, festivos, limpieza .......etc.) y no como hacen habitualmente, que te ponen el total sin especificar nada de nada, esto como casi todo lo que nos hacen, es vergonzoso, se ríen de nosotros cada vez más y lo sé muy bien porque llevo trabajando casi 30 años en una estación de servicio Shell que pertenecen a DISA.

  • Paco el 14 de Julio de 2026

    Casi todos limpiamos y el ese plus se lo comen, y en el distancia mas de lo mismo... incluso con una revisión de inspección de trabajo.
    El expendedor de combustible para todo lo que se come esta mal pagado

Política de Privacidad

Si forma parte de alguno de los siguientes colectivos, consulte la siguiente información:

Contactos de la web o del correo electrónico

¿Qué datos recopilamos a través de la Web?

Podemos tratar su IP, qué sistema operativo o navegador usa, e incluso la duración de su visita, de forma anónima.

Si nos facilita datos en el formulario de contacto, le identificaremos para poder contactar con usted, en caso de que sea necesario.

¿Con que finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Contestar a sus consultas, solicitudes o peticiones.
  • Gestionar el servicio solicitado, contestar su solicitud, o tramitar su petición.
  • Información por medios electrónicos, que versen sobre su solicitud.
  • Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
  • Realizar análisis y mejoras en la Web, sobre nuestros productos y servicios. Mejorar nuestra estrategia comercial.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?

La aceptación y consentimiento del interesado: En aquellos casos donde para realizar una solicitud sea necesario cumplimentar un formulario y hacer un "click" en el botón de enviar, la realización del mismo implicará necesariamente que ha sido informado y ha otorgado expresamente su consentimiento al contenido de la cláusula anexada a dicho formulario o aceptación de la política de privacidad.

Todos nuestros formularios cuentan con el símbolo * en los datos obligatorios. Si no facilita esos campos, o no marca el checkbox de aceptación de la política de privacidad, no se permitirá el envío de la información. Normalmente tiene la siguiente fórmula: “□ Soy mayor de 14 y he leído y acepto la Política de privacidad.”

Contactos del Newsletter

¿Qué datos recopilamos a través del newsletter?

En la Web, se permite suscribirse al Newsletter, si nos facilitas una dirección de correo electrónico, a la que se remitirá la misma.

Almacenaremos únicamente tu email en nuestra base de datos, y procederemos a enviarte correos periódicamente, hasta que solicites la baja, o dejemos de enviar correos.

Siempre tendrás la opción de darte de baja, en cualquier comunicación.

¿Con que finalidades vamos a tratar tus datos personales?

  • Gestionar el servicio solicitado.
  • Información por medios electrónicos, que versen sobre tu solicitud.
  • Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
  • Realizar análisis y mejoras en el envío de mailing, para mejorar nuestra estrategia comercial.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?

La aceptación y consentimiento del interesado: En aquellos casos donde te suscribas será necesario aceptar un checkbox y clicar en el botón de enviar. Ello implicara necesariamente que has sido informado y has otorgado expresamente tu consentimiento a la recepción del newsletter.

Si no marcas el checkbox de aceptación de la política de privacidad, no se permitirá el envío de la información. Normalmente tiene la siguiente fórmula: “□ Soy mayor de 14 y he leído y acepto la Política de privacidad.”

Clientes

¿Con que finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Elaboración del presupuesto y seguimiento del mismo mediante comunicaciones entre ambas partes.
  • Información por medios electrónicos, que versen sobre su solicitud.
  • Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
  • Gestionar los servicios administrativos, de comunicaciones y de logística realizados por el Responsable.
  • Facturación y declaración de los impuestos oportunos.
  • Realizar las transacciones que correspondan.
  • Gestiones de control y recobro.

Proveedores

¿Con que finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Información por medios electrónicos, que versen sobre su solicitud.
  • Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
  • Gestionar los servicios administrativos, de comunicaciones y de logística realizados por el Responsable.
  • Facturación.
  • Realizar las transacciones que correspondan.
  • Facturación y declaración de los impuestos oportunos.
  • Gestiones de control y recobro.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base legal es la aceptación de una relación contractual, o en su defecto su consentimiento al contactar con nosotros u ofrecernos sus productos por alguna vía.

Contactos Redes Sociales

¿Con que finalidades vamos a tratar sus datos personales?

  • Contestar a sus consultas, solicitudes o peticiones.
  • Gestionar el servicio solicitado, contestar su solicitud, o tramitar su petición.
  • Relacionarnos contigo y crear una comunidad de seguidores.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La aceptación de una relación contractual en el entorno de la red social que corresponda, y conforme a sus políticas de Privacidad:

Facebook: http://www.facebook.com/policy.php?ref=pf
Twitter: http://twitter.com/privacy

¿Durante cuánto tiempo vamos a mantener los datos personales?

Sólo podemos consultar o dar de baja sus datos de forma restringida al tener un perfil específico. Los trataremos tanto tiempo como usted nos deje siguiéndonos, siendo amigos o dándole a “me gusta”, “seguir” o botones similares.

Cualquier rectificación de sus datos o restricción de información o de publicaciones debes realizarla a través de la configuración de su perfil o usuario en la propia red social.

¿Incluimos datos personales de terceras personas?

No, como norma general sólo tratamos los datos que nos facilitan los titulares. Si nos aporta datos de terceros, deberás con carácter previo, informar y solicitar su consentimiento a dichas personas, o de lo contrario nos exime de cualquier responsabilidad por el incumplimiento de éste requisito.

¿Y datos de menores?

No tratamos datos de menores de 14 años. Por tanto, absténgase de facilitarlos si no tiene esa edad o, en su caso, de facilitar datos de terceros que no tengan la citada edad. MUNDOPETROLEO PETRORED, SL se exime de cualquier responsabilidad por el incumplimiento de esta previsión.

¿Realizaremos comunicaciones por medios electrónicos?

  • Sólo se realizarán para gestionar su solicitud, si es uno de los medios de contacto que nos ha facilitado.
  • Si realizamos comunicaciones comerciales habrán sido previa y expresamente autorizadas por usted.

¿Qué medidas de seguridad aplicamos?

Puede estar tranquilo: hemos adoptado un nivel óptimo de protección de los Datos Personales que manejamos, y hemos instalado todos los medios y medidas técnicas a nuestra disposición según el estado de la tecnología para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los Datos Personales.

¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?

Sus datos no se cederán a terceros, salvo obligación legal. En concreto se comunicarán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a bancos y entidades financieras para el cobro del servicio prestado o producto adquirido Como a los encargados del tratamiento necesarios para la ejecución del acuerdo.

En caso de compra o pago, si elige alguna aplicación, web, plataforma, tarjeta bancaria, o algún otro servicio online, sus datos se cederán a esa plataforma o se tratarán en su entorno, siempre con la máxima seguridad.

Cuando se lo ordenemos, tendrán acceso a nuestra web la empresa de desarrollo y mantenimiento web, o la de hosting. Las mismas tendrán firmado un contrato de prestación de servicios que les obliga a mantener el mismo nivel de privacidad que nosotros.

Cualquier transferencia internacional de datos al usar aplicaciones americanas, estará adherida al convenio Privacy Shield, que garantiza que las empresas de software americano cumplen las políticas de protección de datos europeas en materia de privacidad.

¿Qué Derechos tiene?

  • A saber si estamos tratando sus datos o no.
  • A acceder a sus datos personales.
  • A solicitar la rectificación de sus datos si son inexactos.
  • A solicitar la supresión de sus datos si ya no son necesarios para los fines para los que fueron recogidos o si nos retira el consentimiento otorgado.
  • A solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en algunos supuestos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.
  • A portar sus datos a un nuevo responsable, en un formato estructurado y cuando sea técnicamente posible.
  • A presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o autoridad de control competente, si crees que no le hemos atendido correctamente.
  • A revocar el consentimiento para cualquier tratamiento para el que haya consentido, en cualquier momento.

Si modifica algún dato, le agradecemos que nos lo comuniques para mantenerlos actualizados.

¿Quiere un formulario para el ejercicio de Derechos?

  • Tenemos formularios para el ejercicio de sus derechos, pídanoslos por email o si lo prefiere, puedes usar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o terceros.
  • Estos formularios deben ir firmados electrónicamente o ser acompañados de fotocopia del DNI.
  • Si le representa alguien, debe adjuntarnos copia de su DNI, o que lo firme con su firma electrónica.
  • Los formularios pueden ser presentados presencialmente, enviados por carta o por mail en la dirección del Responsable al inicio de este texto.

¿Cuánto tardamos en contestarle al Ejercicio de Derechos?

Depende del derecho, pero como máximo en un mes desde su solicitud, y dos meses si el tema es muy complejo y le notificamos que necesitamos más tiempo.

¿Tratamos cookies?

Si usamos otro tipo de cookies que no sean las necesarias, podrá consultar la política de cookies en este enlace o desde el inicio de nuestra web.

¿Durante cuánto tiempo vamos a mantener sus datos personales?

  • Los datos personales serán mantenidos mientras siga vinculado con nosotros.
  • Una vez se desvincule, los datos personales tratados en cada finalidad se mantendrán durante los plazos legalmente previstos, incluido el plazo en el que un juez o tribunal los pueda requerir atendiendo al plazo de prescripción de acciones judiciales.
  • Los datos tratados se mantendrán en tanto no expiren los plazos legales aludidos anteriormente, si hubiera obligación legal de mantenimiento, o de no existir ese plazo legal, hasta que el interesado solicite su supresión o revoque el consentimiento otorgado.
  • Mantendremos toda la información y comunicaciones relativas a su compra o a la prestación de nuestro servicio, mientras duren las garantías de los productos o servicios, para atender posibles reclamaciones.