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10 consignas para los gestores de Estaciones de Servicio

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ha obligado a las mayores petroleras españolas a legalizar los acuerdos de suministro que venían de la C.A.M.P.S.A. REPSOL ha enviado unas cartas en las que ofrece un nuevo contrato. ¿Qué se debe tener en cuenta?

Los contratos de gestión se hicieron con la promesa de que eran prorrogables mientras que se mantuviera una buena ejecutoria.

La compañía prometió las mejores condiciones comerciales para competir. Años después se eliminaron las comisiones fijas y fueron convirtiendo las variables hasta hacerlas poco competitivas.

Los gastos y las inversiones en las mejoras y adecuaciones a normativa de las instalaciones la haría las compañía.

La clientela de la estación siempre fue y ha seguido siendo del gestor.

Los daños causados a los empresarios por prácticas anticompetitivas habrán de ser indemnizados.

Se debería ofrecer la posibilidad de continuar como empresario independiente con un contrato de reventa adecuado a la legalidad.

Se deberán garantizar los derechos históricos de estos gestores.

No se debería tratar de eludir el derecho de la competencia mediante la maniobra de sacar de su ámbito a cientos de instalaciones, sino de acomodar los contratos de gestión a ese derecho.

La causa de la mayoría de estos contratos de arrendamiento fue la venta a C.A.M.P.S.A. a un precio a veces simbólico, a cambio estaba la obligación de la Compañía de mantenerlos siempre y en condiciones óptimas de competir.

La CNMC ya ha anunciado que la solución propuesta por REPSOL no es la más propicia para favorecer la competencia en el mercado.

Hay que analizar de forma individualizada las peculiaridades de cada caso, tanto para decidir si interesa seguir como empresarios independientes en el futuro como para analizar si procede reclamación por el pasado. Ejaso Madrid 915 341 480. Ejaso Barcelona 934 146 929. Ejaso Córdoba 957 486 446

AGUAYO EJASO ESTUDIO JURÍDICO