Nota informativa: SILICIE: ¿preparados para el comienzo de la nueva contabilidad de productos de impuestos especiales?.
Ponemos a su disposición la presente NOTA INFORMATIVA.
La cuenta atrás para la entrada en vigor del nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales ha empezado. El 31 de diciembre de 2019 en el mundo de los Impuestos Especiales despedimos algo más que el año, decimos adiós al sistema actual de CONTABILIDAD DE EXISTENCIAS para estrenar el nuevo sistema de CONTABILIDAD DE MOVIMIENTOS.
¿Estás preparado para decir adiós a los ficheros TXT y los plazos mensual o trimestral de envío de la contabilidad de existencias a la AEAT?
Son muchas y muy variadas las dudas que han surgido durante las semanas de uso del entorno de pruebas y el entorno de producción SILICIE. La AEAT ha ido dando respuesta a muchas de ellas a través de los resúmenes de preguntas frecuentas que están a disposición en el portal SILICIE de la web de la agencia tributaria con los que la Administración está realizando una gran labor divulgativa y explicativa de esta nueva e importante novedad en las obligaciones de los Impuestos Especiales.
El 25 de diciembre se cierra el entorno de producción y se finalizan por lo tanto todas las pruebas con SILICIE. A partir de esa fecha la AEAT borrará todos los datos que se hayan podido suministrar como prueba para tener el sistema disponible para empezar a partir del 1 de enero.
De entre todas las cuestiones vinculadas a SILICIE hemos seleccionado las que consideramos pueden ayudar a la planificación y preparación de la puesta en marcha de SILICIE y esperamos que sean de ayuda. Las dudas que pueden generar más incertidumbre en el arranque.
Así que haciendo un guiño a la tradición de despedir el año comienzo 12 uvas os planteamos 12 preguntas para dar la bienvenida a SILICIE:
1.- ¿TODOS LOS OBLIGADOS AHORA A LLEVAR Y PRESENTAR LIBROS DE CONTABILIDAD DE EXISTENCIAS ESTÁN OBLIGADOS A USAR SILICIE?
NO
Sólo están obligados las Fábricas, los Depósitos fiscales, los Almacenes fiscales, los Depósitos de recepción y las Fábricas de vinagre.
Y dentro de los obligados, losElaboradores de vino y bebidas fermentadas y destiladores artesanales tienen reglas especiales que simplifican sus obligaciones con SILICIE.
2.- SI NO SOY SUJETO OBLIGADO DE SILICIE, ¿PUEDO USAR SILICIE?
SI
Si no eres sujeto obligado de SILICIE pero deseas llevar la contabilidad de existencias de tu establecimiento por este sistema, tienes que optar voluntariamente a usar este sistema a través del formulario establecido a estos efectos en la web de la AEAT.
3.- ¿Es obligatorio empezar a usar SILICIE el 1 de enero de 2020?
NO.
La entrada en vigor de SILICIE es el 1 de enero de 2020, pero se ha establecido un periodo transitoriocon el que facilitar la puesta en marcha y adaptación de los obligados al nuevo sistema.
El periodo transitorio, para quien quiera hacer uso de él, funcionará de la siguiente forma:
a) Durante el primer semestre de 2020 quien quiera podrá seguir usando el sistema actual de contabilidad de existencias.
Los depósitos fiscales y fábricas que opten por seguir con el sistema actual, tendrán que seguir presentando la Declaración de Operaciones.
b) Durante todo el año 2020, el plazo de suministro electrónico de asientos contables a partir de un sistema contable informático de los sujetos obligados no será de 5 días hábiles desde la fecha de registro del movimiento contable, sino que será de 8 días hábiles.
Por lo tanto, será el 1 de julio de 2020 cuando el SILICIE sea el único sistema contable válido, con lo que se amplía el plazo para que las empresas puedan adaptar sus sistemas y hacer pruebas con el entorno SILICIE.
4.- ¿HAY QUE NOTIFICAR A LA AEAT SI SE VA A EMPEZAR EL 1 DE ENERO O EL 1 DE JULIO DE 2020?
NO
Es igualmente válido empezar el 1 de enero que el 1 de julio de 2020.
Si empiezas el 1 de julio de 2020 solo debes tener en cuenta que entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020 se deberán presentar todos los asientos en modo SILICIE del primer semestre del año y que todas las obligaciones de llevanza de los libros de contabilidad de existencias actuales y vinculadas seguirán vigentes respecto al primer trimestre de 2020.
5.- ¿HAY QUE REALIZAR ALGO ANTES DEL 1 DE ENERO DE 2020?
SI
Si quieres seguir usando un sistema informático interno como soporte de SILICIE, desde el que realizar el suministro de los asientos, sí tienes algo que hacer antes de que finalice el año.
Antes del31 de diciembre de 2020 debes ejercitar la “opción de llevanza de SILICIE a partir de sistema informático interno contable” a través del formulario establecido a estos efectos en la web de la AEAT. Y esto se debe hacer tanto si quieres empezar a usar SILICIE el 1 de enero de 2020 como si prefieres esperar al 1 de julio 2020.
Si no lo haces, hasta el mes de noviembre del año anterior al inicio del año natural en el que quieras usar tu sistema interno como soporte SILICIE, no podrás optar por realizarlo y tendrás que enviar los movimientos a la AEAT en el plazo máximo de 24 horas hábiles tras haberlos realizado.
Y para los nuevos sujetos obligados a SILICIE, podrán optar a usar su sistema informático interno en el momento del comienzo de la actividad, sea cual sea la fecha de alta del nuevo CAE.
6.- SI EMPIEZO CON SILICIE EL 1 DE JULIO DE 2020 ¿A LOS MOVIMIENTOS ENTRE EL 1 DE ENERO 2020 Y EL 30 DE JUNIO 2020 LES AFECTA EL SILICIE?
SI
Si empiezas a usar SILICIE el 1 de julio de 2020, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre 2020 deberás subir todos los movimientos que hayas realizado entre el 1 de enero y el 30 de junio al sistema SILICIE en formato SILICIE.
7.- ¿ES OBLIGATORIO USAR UN SISTEMA INFORMÁTICO CONTABLE INTERNO PARA CUMPLIR CON SILICIE?
NO.
El suministro electrónico de datos en el que se fundamenta SILICIE se podrá realizar de 3 maneras:
- Servicios web.
- Formulario web
- Importación de ficheros.
Los sujetos obligados podrán optar por usar cualquiera de esos tres sistemas indistintamente.
Las opciones de Servicios web e Importación de ficheros son las que en principio deberán sustentarse en un sistema informático contable interno dados los requerimientos técnicos para su uso.
8.- ¿TIENE VENTAJAS OPTAR POR LA LLEVANZA DE LA CONTABILIDAD SILICIE A TRAVÉS DE UN SISTEMA CONTABLE INTERNO?
SI.
Los sujetos obligados que dispongan de un sistema contable en soporte informáticoen el que registren la contabilidad de existencias y opten por la llevanza de la contabilidad y el suministro electrónico de los asientos contables a partir del mismo, podrán beneficiarse de:
- Suministrar los movimientos a SILICIE en un plazo superior al general.
- Optar porque el mes de agosto sea inhábil.
9.- ¿ES OBLIGATORIO MANTENER LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LOS MOVIMIENTOS INFORMADOS A SILICIE?
SI
El envío de los movimientos a través de SILICIE no elimina la obligación de mantener a disposición de los servicios de intervención e inspección la documentación justificativa e información relativa a las operaciones y movimientos informados.
10.- ¿CADA ASIENTO DE SILICIE SIEMPRE SE REFIERE A UN MOVIMIENTO INDIVIDUAL?
NO
La regla general es que cada asiento contable se referirá a un movimiento, proceso o existencia individual.
Pero para determinadas operaciones, principalmente en procesos de fabricación, se permite realizar un asiento agregado con la información de varios movimientos. Este tipo de asientos agregados son los siguientes:
a) Las operaciones de fabricación y transformación en procesos continuos, que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento referido a períodos de veinticuatro horas, admitiéndose que el inicio de cada período coincida con un cambio de turno de trabajo.
b) Las operaciones de fabricación de cerveza, que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento por cada una de las fases de cocción, fermentación y maduración, referido a cada cocimiento o, en su caso, lote de fabricación.
c) Los movimientos de entrada y salida de cerveza sin alcohol, que se podrán suministrar en un único asiento contable referido a los datos agregados mensuales.
d) Los movimientos de entrada de materias primas que se empleen en el proceso de fabricación de la cerveza, dirigidas a aportar aroma o sabor, cuya contribución al producto final sea inferior a 0,5 grados plato, que se podrán suministrar en un único asiento contable referido a los datos agregados mensuales.
e) Las operaciones de fabricación, transformación o autoconsumo de hidrocarburos en establecimientos autorizados como «refinerías de petróleo» ( y «las demás industrias de productos gravados» y «fábricas de biocarburantes» ubicados junto a las refinerías y que compartan con éstas vinculación funcional y operativa) que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento referido a los datos agregados mensuales por producto y unidad de fabricación.
f) Los movimientos de salidas como consecuencia de ventas al por menor de bebidas alcohólicas, en las que se produzca el devengo del impuesto y no resulte aplicable ningún supuesto de exención, que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento diario por cada producto.
g) Los movimientos de salidas como consecuencia de ventas realizadas por establecimientos autorizados como depósitos fiscales de bebidas alcohólicas y de labores del tabaco situados en puertos y aeropuertos y que funcionen exclusivamente como establecimientos minoristas, que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento diario por cada producto.
h) Las operaciones de adición de aditivos a productos objeto del Impuesto sobre Hidrocarburos en fábricas y depósitos fiscales, que se podrán suministrar de forma agregada en un único asiento mensual por producto objeto del impuesto y aditivo.
11.- ¿HAY VARIOS PLAZOS A TENER EN CUENTA CUANDO USES SILICIE?
SI
Igual que con la actual contabilidad de existencias, en SILICIE debemos tener en cuenta varios plazos para el cumplimiento de esta obligación:
a) El plazo en el que se consideran que se han producido los movimientos: no todos los movimientos a declarar en SILICIE se consideran producidos en el momento en el que efectivamente se realizan.
Para SILICIE los movimientos a informar se consideran producidos en los siguientes plazos:
a) Los envíos por tuberías: en el momento en que se complete el envío.
b) Las operaciones de carga y descarga de buques: en el momento en que se completen.
c) Los movimientos de entrada o salida de productos en camión: en el momento de producirse las mismas.
d) Las operaciones de fabricación de alcohol en régimen de depósito precintado: en el momento de efectuarse el desprecintado.
e) Los movimientos que se pueden informar de forma agregada en un único asiento: en el periodo en el que se considere para cada caso que se pueden agregar los movimientos.
b) El plazo en el que los movimientos deben suministrarse a SILICIE:
En este caso los plazos serán diferentes si los sujetos obligados han optado por seguir llevando la contabilidad y enviar los asientos a SILICIE a través de su sistema informático interno o no:
B.1. Si no has optado por realizar el suministro de datos a SILICIE a través de un sistema informático contable interno: el plazo máximo para suministrar los movimientos a SILICIE será de 24 horas hábiles tras el momento en el que se considera producido el movimiento.
B.2. Si has optado por realizar el suministro de datos a SILICIE a través de un sistema informático contable interno: en este caso tendrás que tener en cuenta dos plazos:
* Podrás registrar en tu sistema informático los movimientos en el plazo de 24 horas hábiles siguientes a producirse el movimiento.
* Y podrás suministrar los asientos a SILICIE en el plazo de 5 días hábiles tras el registro en tu sistema informático.
Para 2020 el plazo de 5 días hábiles será de 8 días hábiles de forma excepcional.
Y a partir de 2021, esos 5 días hábiles será el plazo máximo para todos los movimientos excepto para las operaciones de fabricación de hidrocarburos que pueden informarse en un asiento agregado, pues tendrán un plazo de suministro máximo de 7 días hábiles siguientes a la finalización del mes al que se refieran los productos.
Por lo tanto, los sujetos obligados de SILICIE que dispongan de un sistema contable informático interno y opten por cumplir con SILICIE a través de él, tendrán hasta 8 días hábiles (y 5 días a partir de 2021) para enviar los movimientos a la AEAT tras la fecha en la que tienen que registrar el movimiento en sus sistemas.
Y como la fecha en la que se pueden registrar los movimientos es de hasta 24 horas hábiles tras el momento en el que se realicen efectivamente los movimientos, en 2020 se tendrían hasta 9 días hábiles para subir los movimientos a SILICIE (24 horas hábiles + 8 días hábiles) y en 2021 en adelante hasta 6 días hábiles (24 horas hábiles + 5 días hábiles).
Es muy importante por lo tanto tener claros los plazos que puede usar cada tipo de sujeto obligado, dadas las ventajas que tienen los que opten por registrar los movimientos y suministrarlos a SILICE a través de su sistema informático interno.
12.- ¿HAY QUE MANDAR EL STOCK DE EXISTENCIAS DE CADA PRODUCTO A SILICIE?
SI y NO
Decimos SI porque hay que enviar un asiento inicial de stock de existencias: con él informaremos del saldo de producto con el que comenzamos el año.
Por lo tanto al inicio de uso de SILICIE (enero o julio 2020) habrá que informar del stock de existencias existentes a fecha 31 de diciembre de 2019.
De todos los productos dentro del ámbito objetivo de los Impuestos Especiales el que va a generar más controversia sobre su asiento inicial de apertura son los hidrocarburos. La obligación de llevanza de la contabilidad de existencias a 15 grados ha generado que principalmente los almacenes fiscales arrastren un descuadre entre el stock de litros a temperatura ambiente y a 15 grados. Las cantidades en SILICIE se informan a 15 grados, el asiento inicial de apertura deberá reflejar la cantidad existente en el establecimiento a 15 grados. ¿te cuadrará con el stock a 15 grados a 31 de diciembre de 2019?
Y decimos NO, porque una vez que se hayan informado los stocks iniciales con el asiento de apertura será la AEAT la que nos dé el stock de existencias de cada producto en base a los movimientos que se vayan informado.
Quedamos a vuestra disposición para comentar cualquier duda y os informamos que durante el primer trimestre de 2020 organizaremos varias charlas para explicar con detalle esta nueva obligación y sus peculiaridades por sectores.
Y de broche de este repaso en modo 12 campanadas de las cuestiones generales para planificar el comienzo de SILICIE, brindamos porque vuestro comienzo en esta nueva obligación no sea de 10, sino de 20, como el año nuevo!
Natalia Hidalgo Sebastián
Abogada especializada en Impuestos Especiales y Derecho Aduanero. natalia@nh-asesores.com
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